Acuerdo de prestación de Soluciones de Digitalización

En esta página te explicamos en qué consisten los Acuerdos de prestación de soluciones de digitalización y Procedimiento de formalización.

01. ¿Puede un beneficiario solicitar una solución de un Agente Digitalizador Adherido distinto al que ha solicitado la ayuda de la pyme interesada como representante voluntario?

Una vez recibida la ayuda en forma de bono digital, el beneficiario podrá emplearlo en la/s solución/es de digitalización existente del Catálogo de Soluciones que desee, incluso aunque sean de otro Agente Digitalizador Adherido distinto al que ha presentado la solicitud en su nombre.

02. ¿Cuándo será efectivo el derecho de cobro de la subvención concedida?

No será efectivo el derecho de cobro de la subvención concedida (bono digital) hasta la correcta justificación de la misma.

03. ¿Cómo utilizo el bono digital una vez concedido?

El beneficiario deberá seleccionar y contratar con los Agentes Digitalizadores Adheridos la solución o soluciones de digitalización que desee adoptar de entre las disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.

04. ¿Quién debe formalizar la propuesta de Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización?

La propuesta de Acuerdo de Prestación de Soluciones se deberá formalizar (elaborar y firmar) una vez contratada la solución, por el beneficiario, su representante legal o un representante voluntario, y será firmada a través de los medios de firma aceptados en las relaciones con la Administración Pública (mediante certificado electrónico, Cl@ve permanente o Cl@ve PIN).

Hay que tener en cuenta además lo establecido en el artículo 30.8 b) de las Bases Reguladoras, que establece que: “No podrá formalizarse Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización cuando el representante voluntario sea un Agente Digitalizador Adherido firmante o cualquier otra empresa o entidad que forme parte del mismo grupo empresarial.”

05¿Cómo se deberá formalizar la propuesta de Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización?

Por medio del formulario web (cuyo contenido es el modelo establecido al efecto en el Anexo III de la Convocatoria), que se encontrará disponible en la Sede Electrónica de Red.es y al cual se podrá acceder desde la plataforma Acelera Pyme (https://www.acelerapyme.gob.es/), aceptando las condiciones que se establezcan en el mismo.

06. ¿Cuándo se deberá formalizar la propuesta de Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización?

Una vez notificada la Resolución de concesión de la ayuda, el beneficiario dispondrá de un plazo máximo de 6 meses El plazo máximo para la formalización (elaboración y firma) con el Agente Digitalizador Adherido de los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización asociados al “bono digital”. Trascurrido dicho plazo, el beneficiario perderá el derecho al cobro del importe de la subvención concedida que no figure asociada a los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización debidamente formalizados.

07. ¿Qué ocurre si existen conflictos entre el Agente Digitalizador y el beneficiario?

Red.es y la entidad colaboradora prevista en el artículo 14.1 de las Bases Reguladoras no se harán responsables de los posibles conflictos que puedan derivarse de la relación privada de prestación de la solución de digitalización que se establezca entre el Agente Digitalizador Adherido y el beneficiario.

08. ¿Qué repercusión tiene renunciar de la ayuda?

En virtud del artículo 35 de las Bases Reguladoras y el apartado decimoséptimo de la Convocatoria, el beneficiario podrá renunciar a la ayuda concedida, siempre que esta sea motivada y válida y no existan terceros que pudieran verse afectados, ni se perjudique el interés público.

La renuncia conllevará el desistimiento de todos los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización que el beneficiario hubiese formalizado previamente con los Agentes Digitalizadores Adheridos. Asimismo, deberá en su caso, reintegrar al órgano concedente el importe de la ayuda que se hubiese abonado con anterioridad.

En caso de que el beneficiario desista de un Acuerdo de Prestación de Soluciones Digitales con el Agente Digitalizador Adherido formalizado y validado, se retrotraerá el bono al saldo anterior a la firma del acuerdo, previa notificación al Agente Digitalizador Adherido de conformidad con el art 94.4 de la Ley 39/2015. En el caso de que el beneficiario desista una vez efectuado el primer pago, se iniciará el procedimiento de reintegro de la ayuda abonada con base a ese desistimiento.

Transcurrido el plazo anterior, Red.es resolverá el procedimiento, aceptando, en su caso, el desistimiento presentado por el beneficiario y retrotrayendo el bono al saldo anterior a la firma del referido Acuerdo.

En el caso de que el beneficiario desista una vez efectuado el primer pago del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización formalizado y validado, devolverá voluntariamente la ayuda abonada, y en su caso, se iniciará el procedimiento de reintegro con base a ese desistimiento.

09. ¿Cómo debo justificar que la solución de digitalización contratada es una sustitución de una solución de digitalización existente con mejoras funcionales?

En los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización correspondientes a sustituciones de soluciones de digitalización ya adoptadas por el beneficiario, se detallarán las mejoras funcionales de la solución que va a contratarse con respecto a la adoptada previamente por el beneficiario.

10. ¿Dónde se puede encontrar el modelo de acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización?

El modelo de Acuerdo, estará disponible en la Sede Electrónica Red.es (la cual será accesible desde la plataforma Acelera pyme https://www.acelerapyme.gob.es/) y será el único admitido, firmándose mediante firma con certificado electrónico, Cl@ve permanente o Cl@ve PIN.

11. ¿Se puede modificar el modelo de acuerdo de prestación de soluciones de digitalización?

No. El modelo de acuerdo de prestación de soluciones de digitalización será el establecido en el Anexo III de la Convocatoria.

12. ¿El Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización compromete en algo al beneficiario de la ayuda una vez justificada la solución o soluciones para las que se recibe el bono digital?

El Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización recoge las obligaciones del beneficiario y del Agente Digitalizador Adherido conforme a las normas establecidas en las Bases Reguladoras y la Convocatoria.

Todo lo que exceda del contenido mínimo recogido en el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización quedará sujeto al contrato previo que hayan formalizado las partes, según establece el artículo 30.4 de las Bases Reguladoras: “Para firmar dichos Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización, el beneficiario deberá previamente haber formalizado contrato con el Agente Digitalizador Adherido para la solución de digitalización que desee adoptar, basado en la oferta accesible desde el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.”

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