En este post vamos a explicar cómo se computan los empleados en el Programa Kit Digital tanto si eres una empresa o un autónomo.
Si quien realiza la solicitud de la ayuda es una empresa, para comprobar el cómputo de empleados, Red.es accede al acceder Régimen General de la Seguridad Social y comprueba la plantilla media en situación de alta en el período de cómputo que aplica en cada convocatoria.
- En la I Convocatoria lo que aplica es el ejercicio último cerrado.
- En la II y III Convocatorias lo que se comprueba son los 12 meses anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda.
Si además la empresa declara y acredita que tiene autónomos societarios, estos también se sumarán a la plantilla media.
Si quien solicita la ayuda es un autónomo, Red.es para hacer el cómputo de la de la plantilla, tienen en cuenta:
- Tanto al propio autónomo empleado.
- El Régimen General de la Seguridad Social (comprueban la plantilla media en situación de alta en el período que aplica en cada convocatoria):
- En la I Convocatoria es el último ejercicio cerrado.
- En la II y III Convocatoria comprueban los 12 meses anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda y además si el autónomo declara y acredita que tiene autónomos colaboradores estos también se sumarán.
Por tanto, en caso de ser autónomo nos encontramos con tres partes:
- El autónomo colaborador
- La plantilla
- El propio autónomo empleado
Fuente: Red.es