Cuaderno Digital de Campo

Cuaderno Digital Campo

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación avanza en la digitalización del sector agrario mediante la publicación de una orden ministerial que desarrolla los elementos principales del Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria (SIEX), que quedaron establecidos en el Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, de regulación del SIEX.

En concreto, la orden recoge el contenido mínimo del Registro autonómico de explotaciones agrícolas (REA) y del Cuaderno digital de explotación agrícola (CUE), para especificar y armonizar los datos requeridos en todo el territorio nacional, así como para determinar el calendario de integración de la información disponible en las diferentes bases de datos de la Administración General del Estado en el SIEX, sin necesidad de la intervención del agricultor o ganadero.

El Cuaderno Digital de Campo es una nueva herramienta de tecnología obligatoria que los agricultores españoles tendrán que adoptar. La implementación del CUE se ha retrasado hasta el 1 de septiembre de 2023, y las explotaciones más pequeñas tendrán hasta el 1 de septiembre de 2024 para hacerlo. Estas últimas son las que tienen menos de 30 hectáreas de cultivos herbáceos, 10 hectáreas de leñosos o 5 hectáreas de regadíos.

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Contenido mínimo del Cuaderno Digital de Explotación

El Boletín Oficial del Estado recoge el contenido mínimo que deberán incluir los agricultores y ganaderos en el cuaderno digital, estableciendo los datos que cada explotación deberá comunicar. Así lo refleja la Orden APA/204/2023, de 28 de febrero

El contenido mínimo del cuaderno digital de explotación es: 

  • Datos generales del cultivo en cada parcela agrícola: se facilitará además información complementaria, como data de siembra y fecha de cosecha.
  • Datos de producción a nivel de cada parcela agrícola: habrá que indicar la cosecha en Kg. / hectárea, así como el destino de la producción y de los restos vegetales. En el caso del viñedo, habrá que identificar y ubicar a la bodega receptora de la uva.
  • Tratamientos fitosanitarios: es preciso indicar las actuaciones que se hacen en cada parcela, así como el posible uso de semilla tratada o de aplicaciones post-cosecha. Habrá que consignar tanto los datos de los productos utilizados como del aplicador, de la maquinaria y del asesor.
  • Fertilización: se deberá indicar la fecha de aplicación, el material fertilizante empleado, así como su composición en carbono orgánico, macronutrientes y micronutrientes. Se adjuntará además el plan de abonado y se identificará el asesoramiento recibido.
  • Riego: se identificará la fecha de riego, el sistema empleado y la superficie alcanzada. También el origen y cantidad del agua utilizada.
  • Cosecha comercializada: se identificará el producto y la fecha en la que se realiza la venta.
  • Analíticas, en caso de que se hayan hecho.