Procedimiento de subsanación de la justificación de un acuerdo
En este post vamos a explicar el funcionamiento del procedimiento de subsanación de una justificación de un acuerdo de prestación de soluciones de digitalización.
Es el agente digitalizador quien debe presentar la subsanación de la justificación del bono digital. Desde el espacio digitalizador de la plataforma Kit Digital el usuario puede conocer las justificaciones pendientes de subsanar de dos formas:
Accediendo al buzón para consultar las notificaciones recibidas o
Realizando una búsqueda de justificaciones en estado pendientes de subsanación.
Accediendo al buzón de notificaciones el usuario podrá consultar las notificaciones electrónicas recibidas.
El concepto de la notificación nos indica aquellas notificaciones relacionadas con la subsanación de una justificación y en su estado podemos ver aquellas que están pendientes de comparecencia.
Accediendo al detalle de una de ellas se puede consultar los datos básicos de la notificación, como son: el organismo emisor, el titular el destinatario o la fecha de creación, y se puede aceptar y rehusar la notificación.
Al aceptar la notificación se inicia el plazo de subsanación y se puede descargar en formato zip la notificación del requerimiento de la subsanación y el documento donde se indica la información a subsanar.
Volviendo al listado de notificaciones se puede comprobar que la subsanación ya ha sido notificada. Desde ese momento se podría acceder al formulario de la justificación para subsanarla. Desde el listado de justificaciones accediendo al buscador se pueden realizar búsquedas avanzadas filtrando por cualquiera de los filtros de búsqueda disponibles en el formulario. Buscando aquellas que tengan un estado de justificación igual a plazo abierto de subsanación nos mostrará el listado de aquellas justificaciones que se encuentran en ese estado.
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El usuario debe seleccionar aquella justificación que desea subsanar y acceder a su detalle.
El formulario al que se accede para realizar una subsanación es el mismo al que se accede para la justificación inicial, estando habilitadas todas las secciones para que la gente digitalizador realice las modificaciones o aporte los documentos que resulten de aplicación en atención a los solicitado en el requerimiento de subsanación.
El formulario de subsanación nos recuerda la forma correcta de proceder mediante la inclusión de una alerta al principio de cada sección o bloque de que consta el formulario. Estos mensajes pueden aparecer en las dos páginas del formulario en función de qué apartados o bloques es necesario subsanar.
El usuario deberá corregir los datos indicados y/o anexar los documentos necesarios.
Si se han aportado nuevos documentos durante la subsanación se podrán consultar en el apartado documentos aportados en subsanación o eliminarlos si fuera necesario.
El agente digitalizador deberá confirmar de nuevo su declaración responsable y a continuación enviar a la PYME.
La justificación pasa de nuevo a estado pendiente de conformidad PYME.
En este estado se puede consultar toda la información y la documentación aportada tanto en justificación como en subsanación.
La pyme procederá a evaluarla y, una vez aceptada, la justificación pasará a estado pendiente de presentar.
Accediendo de nuevo a la justificación y el agente digitalizador podrá presentarla.
El usuario agente digitalizador firmante deberá firmar la presentación con su certificado digital quedando así la subsanación de la justificación presentada.
Mientras el plazo de subsanación no finalice es posible enviar nuevas subsanaciones. Cada nueva subsanación sustituye a la anterior pero todos los documentos aportados en las sucesivas subsanaciones, si las hubiera, quedan incorporadas a la justificación.
Una vez finalizado el plazo de subsanación no será posible realizar más.
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